VOTO POR CORRESPONDENCIA DE LOS CIUDADANOS ITALIANOS EN EL EXTRANJERO
Y OPCIÓN PARA EL VOTO EN ITALIA
Con decreto del Presidente de la República del 13/01/2026, publicado en el Boletín Oficial el 14/01/2026, se fijó para los días 22 y 23 de marzo de 2026 la fecha del referéndum conforme al artículo 138 de la Constitución, relativo a la modificación de algunos artículos de la misma (la llamada “Reforma de la justicia”).
Se recuerda que el VOTO es un DERECHO protegido por la Constitución italiana y que, según la Ley del 27 de diciembre de 2001, n.º 459, los ciudadanos italianos residentes o temporalmente en el extranjero, inscritos en las listas electorales, pueden VOTAR POR CORRESPONDENCIA, recibiendo el sobre electoral en su domicilio de residencia. Para ello, se recomienda verificar y, en su caso, regularizar de inmediato la propia situación registral y de domicilio en la Oficina consular competente (se recuerda que por ley los sobres electorales deben enviarse casi un mes antes de la fecha de la votación en Italia), utilizando preferentemente el portal en línea de los servicios consulares Fast It.
Como alternativa al voto por correspondencia, los electores inscritos en el AIRE pueden optar por votar en Italia en su municipio de inscripción electoral, comunicando por escrito su elección (OPCIÓN) al Consulado dentro de los 10 días siguientes a la convocatoria de la consulta. La opción de votar en Italia es válida únicamente para el referéndum respecto al cual se expresa.
La OPCIÓN debe llegar a la Oficina consular a más tardar el 24/01/2026.
Para dicha comunicación se puede utilizar el formulario específico descargable tanto del sitio web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Internacional (www.esteri.it) como del de la Oficina consular de referencia.
El formulario, cumplimentado, firmado y acompañado de un documento de identidad, puede entregarse o enviarse a la Oficina consular correspondiente en mano, por correo postal, por correo electrónico ordinario maracaibo.elettorale@esteri.it o por correo electrónico certificado con.maracaibo@cert.esteri.it. Las direcciones correspondientes están disponibles en el sitio web Consulado de Italia en Maracaibo
La comunicación de la opción también puede redactarse en papel simple; en cualquier caso, para ser válida debe contener nombre, apellido, fecha y lugar de nacimiento, lugar de residencia y firma del elector, y es obligatorio enviarla junto con una copia de un documento de identidad del declarante.
La normativa vigente establece que corresponde a los electores verificar que la comunicación de opción enviada por correo haya sido recibida oportunamente por su Oficina consular. Las solicitudes recibidas fuera del plazo indicado NO podrán considerarse válidas.
La elección de votar en Italia puede ser posteriormente REVOCADA mediante una comunicación escrita enviada o entregada a la Oficina consular con las mismas modalidades y dentro de la misma fecha prevista para el ejercicio de la opción.
La Ley NO prevé ningún tipo de reembolso por los gastos de viaje realizados para regresar a Italia con motivo de la votación, sino únicamente reducciones tarifarias dentro del territorio italiano.
PARA CUALQUIER OTRA ACLARACIÓN SE PUEDE CONSULTAR LA OFICINA CONSULAR DE REFERENCIA.