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Juramento

Para concluir el proceso de concesión de la ciudadanía por matrimonio, el solicitante deberá prestar juramento dentro de los seis (6) meses siguientes a la notificación del Decreto emitido por el “Ministero dell’Interno”.

Dicha notificación y Decreto serán enviados por el Consulado de Italia en Maracaibo a través comunicación del CIVES,  en la cual se indicarán las instrucciones a seguir.

El día del acto deberá presentarse junto con el cónyuge italiano y con la siguiente documentación:

  1. Acta de  matrimonio actualizada legalizada y traducida, emitida por el registro principal de Venezuela o del país de celebración del matrimonio.
  2. Antecedentes penales actualizado: Del país de origen o nacimiento debidamente traducidos al idioma italiano por Traductores Oficiales, legalizados y Apostillados.
  3. Original y fotocopia de las cédulas de identidad del solicitante y del cónyuge. Ambas cédulas deben reportar el estado civil de casado/a.
  4. Original y fotocopia del pasaporte venezolano del solicitante y pasaporte italiano del cónyuge.
  5. Copia integral del acta de matrimonio emitida por el Comune en Italia con fecha posterior a la notificación.
  6. Carta de Residencia de ambos cónyuges expedida por el CNE sellada y firmada por la Prefectura competente.
  7. Istanza (descargar y completar). Se deberá cancelar un arancel correspondiente  al art.8 (en taquilla)
  8. Iscrizione AIRE (descargar y completar).
  9. Declaracion Jurada (descargar y completar).

Los efectos del juramento es decir, la adquisición de la ciudadanía italiana se hará efectiva a partir de las 24 horas.