Las solicitudes de ciudadanía por matrimonio se tramita directamente a través de la página web del “Ministero dell’Interno” italiano:
Portale Servizi – Ali Cittadinanza (interno.it)
I.- REQUISITOS:
- El cónyuge italiano debe estar regularmente registrado en el “AIRE” (Registro Consular) es decir debe ser residente en la circunscripción de éste Consulado de Italia en Maracaibo (consultar nuestra página web la sección “La red Consular”).
- Los cónyuges deben ser residentes en la circunscripción consular de Maracaibo.
- Deben haber transcurrido tres (3) años a partir de la fecha del matrimonio (éste término se reduce a la mitad en presencia de hijos menores de tres (3) años de edad nacidos o adoptados por los cónyuges).
- El acta de matrimonio debe haber sido ya registrada en el Comune italiano de referencia.
- El vínculo matrimonial debe existir en el momento de la presentación de la solicitud y hasta la juramentación que podrá ser efectuada únicamente después de la emisión del Decreto de Naturalización emanado por el “Ministero dell’Interno” correspondiente a la concesión de la ciudadanía italiana. La separación legal y/o de hecho, el divorcio o cualquier otro tipo de disolución, anulación o cesación de los efectos civiles del matrimonio e inclusive el fallecimiento del cónyuge italiano precluyen la posibilidad de solicitar y obtener la ciudadanía italiana por matrimonio.
- El solicitante debe poseer un adecuado conocimiento del idioma italiano para poder presentar la solicitud (nivel B1 QCER), esta disposición está vigente desde el 04.12.2018 según decreto ley del 04.10.2018, n. 113, convertido en ley, con modificaciones del art. 1, coma 1, ley del 1º de diciembre de 2018, n. 132 (modificaciones en materia de ciudadanía).
Para demostrar el conocimiento del idioma, los interesados deben poseer al momento de la solicitud o presentación de la instancia un certificado de titulo de estudio emitido por un instituto de educación pública o privada semejante en Italia o en el extranjero, reconocido por el “Ministero dell’Istruzione, dell’Università e della Ricerca” y del “Ministero degli Affari Esteri e della Cooperazione Internazionale”.
En alternativa los solicitantes deben presentar un certificado de estudio del idioma italiano nivel B1 QCER, emitido por uno de los cuatro (4) entes certificadores reconocidos por los Ministerios antes mencionados, los mismos son: “l’Università per gli stranieri di Perugia, l’Università degli stranieri di Siena, l’Universià di Roma Tre” y la “Societá Dante Alighieri” y de la red nacional e internacional de institutos y entes que pueden ser ubicados en las informaciones publicadas por los arriba mencionados entes certificadores.
II. DOCUMENTACION REQUERIDA:
- Acta de nacimiento original (*) (con 6 meses de validez a partir de la fecha de expedición) debidamente traducida (**) al idioma italiano, legalizada y Apostillada emitida por el Registro principal, debe contener las firmas del registrador, testigos y del presentante. NO se aceptarán certificados que no cumplan con estos requisitos.
- Antecedentes penales: (*). a) Del país de origen o nacimiento (con 6 meses de validez a partir de la fecha de expedición) debidamente traducidos al idioma italiano, legalizados y Apostillados. (**). b) De los Paises donde haya tenido residencia (con 6 meses de validez a partir de la fecha de expedición) a partir de los catorce (14) años de edad, debidamente traducidos al idioma italiano, legalizados y Apostillados. c) Del País del cual se posea otra nacionalidad (con 6 meses de validez a partir de la fecha de su expedición), debidamente traducidos al idioma italiano, legalizados y Apostillados. d) Los solicitantes que hayan residido en los Estados Unidos de América deberán presentar los antecedentes penales Estadales y los antecedentes penales Federales (emitidos por el FBI) debidamente traducidos, legalizados y Apostillados. (Consultar la página web del Consulado de Italia correspondiente).
- ”Estratto per riassunto dell’atto di matrimonio” (con 6 meses de validez a partir de la fecha de expedición) original, emitido por el Comune competente.
- Documento de identidad: original y copia de todas las páginas del pasaporte venezolano vigente y de la cédula de identidad, venezolana o extranjera, que indique el estado civil “CASADO/A”. La cédula de identidad del cónyuge italiano debe indicar también el estado civil CASADO/A.
- Titulo de estudio o certificado del dominio del idioma italiano, como señalado en el punto 6 de los requisitos arriba mencionados.
- Constancia de residencia de ambos conyuges (con 6 meses de validez a partir de la fecha de expedición) original emitida por el CNE, firmada y sellada por la Prefectura.
- Comprobante de transferencia de 250 euros a pagar mediante transferencia bancaria a la cuenta del Ministero dell’Interno:
- Cuenta corriente postal: Ministero dell’Interno D.C.L.I. – Cittadinanza
- Causal del deposito: nombre y apellido del solicitante – Istanza di Cittadinanza per matrimonio.
Ejemplo.: José Pérez – istanza cittadianza per matrimonio.
- Direccion: Piazzale del viminale, 00184 – ROMA
- Código IBAN (de 27 digitos): IT54D0760103200000000809020
- Código BIC/SWIFT de Poste Italiane:
- Para transferencias en el exterior : BPPIITRRXXX
- Para transferencias EUROGIRO: BIPPITRA
(*) Partidas de nacimiento y antecedentes penales emitidos fuera del territorio venezolano deben ser legalizadas según las modalidades previstas en el País de emisión. Dirigirse al Consulado italiano competente territorialmente. Por cada uno de ellos se deberá cancelar la tarifa consular correspondiente al Art. 69 de las tarifas consulares.
(**) Actas de nacimiento y antecedentes penales deberán ser presentados con traducción oficial al italiano efectuada por un traductor jurado con firma depositada (consultar nuestra página web) y por cada uno de ellos se deberá cancelar la tarifa consular correspondiente al Art. 72A de las tarifas consulares por página.
III. EL PROCEDIMENTO SE COMPONE DE CUATRO FASES:
PRIMERA FASE:
- Enviar un correo electrónico a maracaibo.cittadinanza@esteri.it para fijar una CITA antes de registrarse en la página web del “ Ministero dell’interno” italiano.
- A la cita fijada se deberá acudir JUNTO CON EL CONYUGE ITALIANO para presentar toda la documentación requerida (ver “documentación requerida”) además fotocopia del pasaporte italiano , cédula de identidad, carta de residencia y r.i.f. del Conyuge italiano.
- La documentación deberá estar completa, vigente y sin errores, de lo contrario el interesado tendrá que pedir otra cita.
- Se deberá cancelar los art. 8, 24, 69, 71, 72A, de las Tarifas Consulares, para la legalización y certificación de cada una de las traducciones presentadas, copias conforme al pasaporte venezolano y certificado del idioma italiano, autentica de firma en la solicitud.
SEGUNDA FASE:
Registrarse en la página web del Ministero dell’Interno: https://portaleservizi.dlci.interno.it/AliCittadinanza/ali/home.htm
- Rellenar la planilla de solicitud on line
- Nombre/s, y apellido/s (completos como salen en cédula y pasaporte venezolano), lugar y fecha de nacimiento, como indicados en la partida de nacimiento.
- Dirección de residencia debe coincidir con la que se encuentra registrada en el Sistema de éste Consulado;
- Cargar la documentación (DOCUMENTACION REQUERIDA) en el exacto orden en que se indique en el sistema.
- El sistema generará un recibo de envío.
- La solicitud será analizada y el solicitante recibirá a través del portal del Ministero dell’Interno, a la dirección de correo electrónico que habrá indicado en la solicitud, una comunicación de aceptación o rechazo.
- Si la solicitud es aceptada con la asignación del código K10/C/. . , deberá presentarse al Consulado previa cita (en este caso no será necesaria la presencia del cónyuge italiano) para consignar toda la documentación en La planilla de la solicitud generada por el portal del Ministero dell’Interno debe ser firmada frente al funcionario consular.
NOTA IMPORTANTE: Se ruega a los solicitantes registrase y colocar todos los datos requeridos, escaneando y cargando la documentación de manera correcta. En caso contrario la solicitud será rechazada. En este caso deberá iniciar nuevamente el proceso desde el principio con el riesgo de que los antecedentes penales puedan llegar a expirar.
TERCERA FASE:
EL Consulado de Italia en Maracaibo enviará posteriormente la documentación al Ministerio del Interior de Roma, que es la autoridad competente para instruir el expediente. Al final del proceso: 24 meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud prorrogables hasta un máximo de 36 meses; se notificará el Decreto de Naturalización que concede la ciudadanía, a la dirección indicada por el solicitante.
Se recomienda por lo tanto, comunicar inmediatamente cualquier cambio de domicilio y/o país de residencia, como también número de teléfono o dirección de correo electrónico, ya que ésta será la única manera de poder contactarlos.
Asimismo, con el número identificativo (K10/C….) el solicitante podrá consultar el estatus de su solicitud a través del portal del “Ministero dell’Interno” y a lo largo de todo el proceso que concluirá con la emisión de un Decreto de Naturalización de concesión de ciudadanía italiana.
CUARTA FASE: